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RETENCIÓN IRPF NÓMINA FUNCIONARIOS INTERINOS

El porcentaje de IRPF que se aplica en nómina, es un cálculo automático que se establece anualmente (1 enero a 31 de diciembre) en base a la situación personal, que se declara a través del documento modelo 145 (hijos, minusvalía, hipoteca…), y la previsión de ingresos anuales.

 

Cualquier cambio producido en alguno de estos datos conlleva un ajuste del IRPF a la nueva situación. Esto hace, en el caso de funcionarios interinos y más concretamente en los interinos de sustitución,  que cada nuevo nombramiento o sus prórrogas conlleven un cambio en la cuantía de los ingresos anuales y con ello un reajuste de su IRPF. Responde esta circunstancia a las variaciones de IRPF que se observan en las nóminas de los funcionarios interinos.

 

Además de este IRPF calculado automáticamente, también existe la posibilidad de solicitar uno voluntario. Ahora bien, este IRPF voluntario sólo será efectivo siempre que sea superior al automático, ya que en caso contrario se aplicará este último.

Así, aquellas personas que no deseen variaciones importantes en su IRPF pueden solicitar, comunicando a la Sección de Nóminas y Seguridad Social (a través de una incidencia o al e-mail: spd_nominas@murciaeduca.es), el porcentaje de IRPF que desean se les aplique.

04/12/2017 13:27:04