AMPLIACIÓN CONTENIDO

¿Puede ofertarse el área de Lengua de Signos Española al alumnado que curse 5º o 6º curso?

Esta área solamente puede ser ofertada por los centros autorizados a impartir un progrma específico en lengua de signos y, además, dentro de estos centros solo podrá ser cursada por el alumnado destinatario del programa cuyas familias lo soliciten. El alumnado del centro no destinatario del programa o cuyas familias no lo soliciten, a pesar de ser alumnos de dicho programa, cursarán con carácter general el área de Segunda Lengua Extranjera o, en su caso, el área de Refuerzo en competencia en comunicación lingüística si el alumno presenta graves deficiencias en dicha competencia en castellano.

18/11/2014 10:39:02