FAQ AULAS ABIERTAS

¿Cuál es el referente curricular para elaborar las programaciones docentes de los centros de educación especial y aulas abiertas en la etapa de educación primaria?

El referente es el currículo establecido en los anexos I y II del Decreto 198/2014, de 5 de septiembre, por el que se establece el currículo de la Educación Primaria en la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia. No obstante, se podrán realizar adecuaciones o adaptaciones en el mismo, a tenor de lo dispuesto en el anexo IV del citado decreto.

En las propuestas pedagógicas de los centros de EE y aulas abiertas, ¿se pueden incluir objetivos y capacidades de otras etapas?

Sí, se pueden incluir objetivos y capacidades de la etapa de Educación Infantil, así como las habilidades de la conducta adaptativa, de acuerdo con las necesidades del alumnado, sus intereses y los programas que se desarrollen en el centro.

¿Se pueden organizar las áreas en ámbitos de aprendizaje?

Sí, pero únicamente en los Centros de Educación Especial y en las aulas abiertas especializas, en las que las áreas del bloque de asignaturas troncales se organizan en ámbitos de aprendizaje. Las áreas de Ciencias de la Naturaleza y Ciencias Sociales se  organizan en torno al ámbito del Conocimiento y Participación en el Medio Social y Natural; y las áreas de Lengua Castellana y Literatura, Matemáticas y Primera Lengua Extranjera, en el ámbito de Comunicación y Representación.

¿Las programaciones docentes pueden comprender más de un curso?

Sí, pero únicamente en los centros de educación especial y en las aulas abiertas especializadas, en las que, en función de las características del alumnado, se podría realizar una programación para el primer tramo de la etapa de primaria, y otra para el segundo; o incluso, una única programación para toda la etapa (en aulas abiertas principalmente).

¿Hay que elaborar planes de trabajo individualizados en los centros de educación especial y aulas abiertas?

Sí, de acuerdo con el artículo 18.1. del Decreto 198/2014,de 5 de septiembre,  todo alumno que presente necesidades específicas de apoyo educativo, previstas en el artículo 71.2 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, contará con un plan de trabajo individualizado.

¿En los centros de educación especial y aulas abiertas hay que elaborar el Plan Lector?

Sí, pero en estos centros y unidades el plan lector se abordará desde desde el marco de la alfabetización emergente, y estará dirigido fundamentalmente al desarrollo de la competencia lingüística, tanto en el lenguaje oral como en el asistido.

¿Es obligatorio elaborar el Plan Lógico - Matemático en los centros de educación especial y aulas abiertas?

Sí, pero en estos centros el Plan se enfocará principalmente al desarrollo de aquellas habilidades de la conducta adaptativa que le permitan al alumno una mayor autonomía personal y social y autodeterminación para poder participar en el mayor número de situaciones y actividades sociales de su entorno.

¿Cómo se expresan los resultados de evaluación en los centros de educación especial y aulas abiertas?

Se expresarán en términos cualitativos, haciendo referencia a aquellos aspectos en los que el alumnado ha mejorado y en los que necesita mejorar.

¿Hay que incluir la nota media de la etapa en los centros de educación especial y aulas abiertas?

No, los resultados de los alumnos escolarizados en centros de educación especial o aulas abiertas especializadas en centros ordinarios no incluirán la nota media.

¿Se puede realizar un Plan de Trabajo Individualizado en otras etapas distintas a Educación Primaria?

Sí, aunque no es obligatorio. Los centros que impartan, además de Educación Primaria, otras etapas educativas, podrán realizar el Plan de trabajo individualizado, a todos los alumnos que lo precisen, independientemente de la etapa educativa que cursen, y con las adecuaciones que procedan.