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¿Quién y cómo se autoriza el acceso de un alumno a un Programa de refuerzo curricular (PRC)?

La autorización de alumnos para 1º PRC la realiza el Director del centro de secundaria y requiere la propuesta del equipo docente, el visto bueno del orientador, así como la conformidad de los padres o tutores legales del alumno. Por otro lado, la autorización de alumnos para 2º PRC se realizará con arreglo a lo previsto en la Orden de 21 de junio de 2011, de la Consejería de Educación, Formación y Empleo, por la que se organizan los programas de refuerzo curricular para primer y segundo curso de Educación Secundaria Obligatoria, en los centros sostenidos con fondos públicos de la Región de Murcia, modificada por la Orden de 21 de marzo de 2013.

29/06/2015 12:41:25