FAQ CURRíCULO
ÍNDICE DE PREGUNTAS FRECUENTES
¿En qué cursos de ESO y Bachillerato se aplicarán en el curso 2015-2016 los currículos derivados de la LOMCE?
¿Qué materias se podrán ofertar en los cursos de ESO y Bachillerato donde se implante la LOMCE en el curso 2015-2016?
La oferta de materias de 1º y 3º ESO, así como de 1º de Bachillerato para el curso 2015-2016 están recogidas en los apartados 2.1 y 11.1 de la Resolución de 5 de mayo de la Secretaría General de la Consejería de Educación, Cultura y Universidades, por la que se dictan instrucciones para la organización del curso escolar 2015-2016, para los centros docentes que imparten Educación Secundaria Obligatoria o Bachillerato, modificada por la Resolución de 17 de junio de 2015.
¿Qué materias del bloque de asignaturas de libre configuración autonómica son de oferta obligatoria en 1º y 3ºESO?
En 1º ESO solo será de oferta obligatoria la materia de Segunda lengua extranjera y en 3º ESO serán de oferta obligada Comunicación audiovisual, Cultura clásica, Iniciación a la actividad emprendedora y empresarial y Segunda lengua extranjera.
El centro podrá ofertar, además, otras materias en cada uno de estos dos cursos, lo cual no implica que deban ser impartidas ya que esta decisión dependerá del centro y del número de alumnos.
¿Qué alumnos pueden cursar la materia de Refuerzo en Competencia en Comunicación Lingüística?
Durante el curso 2015-2016 esta materia será cursada obligatoriamente por todos los alumnos que cursen un Programa de refuerzo Curricular en 1ºESO y un Programa de Mejora del Aprendizaje y del Rendimiento en 3ºESO. Además, podrá ser cursada por aquellos alumnos de 1º y 3ºESO cuyas dificultades en la adquisición de la competencia lingüística en castellano les impidan seguir con aprovechamiento sus aprendizajes siempre y cuando hayan sido propuestos por el equipo docente del curso anterior y además, se cuente con la conformidad de los padres, madres o tutores legales.
¿Puede un alumno elegir la materia Refuerzo en Competencia en Comunicación Lingüística como asignatura del bloque de libre configuración autonómica?
No, puesto que no es una materia de opción para los alumnos. Esta materia solamente puede ser cursada en las siguientes condiciones:
a) De manera obligatoria por todos los alumnos que cursen durante el curso 2015-2016 un Programa de refuerzo curricular (PRC) en 1ºESO.
b) De manera obligatoria por todos los alumnos que cursen durante el curso 2015-2016 un Programa de Mejora del Aprendizaje y del Rendimiento (PMAR) en 3ºESO.
c) Por aquellos alumnos de 1º y 3ºESO cuyas dificultades en la adquisición de la competencia lingüística en castellano les impidan seguir con aprovechamiento sus aprendizajes siempre y cuando hayan sido propuestos por el equipo docente del curso anterior y además, se cuente con la conformidad de los padres, madres o tutores legales.
¿Se puede agrupar a alumnos de distintos grupos para cursar la materia de Refuerzo en Competencia en Comunicación Lingüística?
Sí. Para impartir esta materia, los centros podrán realizar agrupamientos de alumnos que provengan de distintos grupos, cursos y programas. Así, por ejemplo, en 1º de ESO se podrá agrupar a alumnos de PRC con alumnos que cursen la ordenación ordinaria de ese curso o en 3º de ESO a alumnos de PMAR con alumnos que cursen la ordenación ordinaria de ese curso.
¿Se pueden modificar los estándares de aprendizaje evaluables?
No. Los estándares de aprendizaje evaluables no pueden ser modificados. En todo caso, si un alumno necesita una atención educativa diferente a la ordinaria podrá adoptarse una de las dos siguientes medidas:
a) Planificar estándares de aprendizaje de otro curso.
b) Adaptar el indicador de logro o criterio para calificar el estándar de aprendizaje.
¿Qué currículo y ordenación se aplica a las materias pendientes que tenga un alumno del curso anterior?
Durante el curso 2015-2016, las alumnos que hayan promocionado con alguna materia pendiente de algún curso anterior deberán recuperarlas conforme a la ordenación prevista en el Decreto 291/2007, de 14 de septiembre, y en el Decreto 262/2008, de 5 de septiembre, de acuerdo con el programa de refuerzo que elaboren los departamentos de coordinación didáctica responsables de las mismas.
¿Qué materias deben cursar los alumnos que repitan 1ºESO, 3º ESO o 1º de Bachillerato durante el curso 2015-2016?
El alumnado que repita 1º ESO, 3º ESO o 1º Bachillerato durante el curso 2015-2016 lo hará conforme a la nueva ordenación establecida en los apartados 2 y 11 de la Resolución de 5 de mayo de 2015 de la Secretaria General de la Consejería de Educación, Cultura y Universidades, por la que se dictan instrucciones para la organización del curso escolar 2015-2016, para los centros docentes que imparten Educación Secundaria Obligatoria o Bachillerato, modificada por la Resolución de 17 de junio de 2015.
¿Puede un alumno de 1º o 3º de ESO que no curse un Programa de Refuerzo Curricular (PRC) en 1ºESO o el Programa de Mejora del Aprendizaje y del Rendimiento (PMAR) en 3ºESO cursar la materia Refuerzo de la Competencia en Comunicación Lingüística?
Si. Los alumnos de esos dos programas (PRC o PMAR) cursarán obligatoriamente esa materia como libre configuración autonómica, pero esta materia también podrá ser cursada, a propuesta del equipo docente y con la conformidad de sus padres, madres o tutores legales, por aquellos alumnos de 1º ESO o 3º ESO cuyas dificultades en la adquisición de la competencia lingüística en castellano les impidan seguir con aprovechamiento sus aprendizajes.
¿Puede acceder al segundo curso de un Programa de Mejora del Aprendizaje y del Rendimiento (PMAR) un alumno de 2ºESO que haya repetido 1ºESO o algún curso de Educación Primaria?
¿Qué materias del bloque de asignaturas de libre configuración autonómica son de oferta obligada?
Según el apartado 2.1 de la Resolución de 5 de mayo de la Secretaria General de la Consejería de Educación, Cultura y Universidades, por la que se dictan instrucciones para la organización del curso escolar 2015-2016, para los centros docentes que imparten Educación Secundaria Obligatoria o Bachillerato, modificado por el apartado primero de la Resolución de 17 de junio de 2015, serán de oferta obligatoria en ESO las siguientes materias:
a) En 1º ESO: Religión y Segunda Lengua Extranjera.
b) En 3º ESO: Comunicación Audiovisual, Cultura Clásica e Iniciación a la Actividad Emprendedora y Empresarial, Religión y Segunda Lengua Extranjera. La impartición de Comunicación Audiovisual, Cultura Clásica, Iniciación a la Actividad Emprendedora y Empresarial estará supeditada al número de alumnos que las soliciten y a la disponibilidad de profesorado.
¿Pueden los alumnos que cursen 1º o 3ºESO bilingüe cursar una materia de libre configuración autonómica diferente de la Segunda Lengua Extranjera?