AMPLIACIÓN CONTENIDO
ENSEÑANZAS MÍNIMAS EN EDUCACIÓN INFANTIL
Según el Real Decreto, los fines de la Educación Infantil deben ser contribuir al desarrollo físico, afectivo, social e intelectual de los niños y las niñas, así como conseguir que elaboren una imagen de sí mismos positiva y equilibrada, y adquieran autonomía personal. Para ello, se han planteado una serie de objetivos: el conocimiento del propio cuerpo y del de los demás, aprendiendo a respetar las diferencias; explorar el entorno familiar, natural y social; adquirir autonomía en las actividades habituales; desarrollar las capacidades afectivas; adquirir puntos elementales de convivencia; desarrollar habilidades comunicativas; e iniciarse en las habilidades lógico-matemáticas, lecto-escritoras y gestuales primarias. La evaluación en el segundo ciclo de Educación Infantil será global, continua y formativa, basada en la observación directa y sistemática, con lo que se pretende que se conozca el ritmo y la evolución del aprendizaje de cada niño o niña. Otro de los aspectos destacables del Real Decreto es la atención a la diversidad, especialmente en la adopción de medidas acordes a las características personales, necesidades, intereses y estilo cognitivo de cada alumno, sobre todo en aquellos casos en los que se necesite atender a una necesidad específica de apoyo educativo en los alumnos que presenten necesidades educativas especiales. Como ya ha ocurrido en otros niveles educacionales, la asignatura de religión está incluida en el currículo, y es labor de las administraciones educativas garantizar que los padres o tutores de los alumnos puedan decidir si quieren o no que reciban esta enseñanza. El currículo de religión católica será competencia, por otro lado, de la jerarquía eclesiástica y de las correspondientes autoridades religiosas.
22/01/2007 09:42:27