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Especialidades de los cuerpos docentes de Enseñanza Secundaria

El Consejo de Ministro, a propuesta de la ministra de Educación, Política Social y Deporte, Mercedes Cabrera, ha aprobado el Real Decreto por el que se definen las especialidades de los cuerpos docentes de enseñanza Secundaria, Bachillerato y Formación Profesional, así como las materias que puede impartir cada profesor en función de su área de especialización. Aparecen en él como especialidades el Griego y el Latín pero no la Cultura Clásica. Ésta queda como materia asignada a las especialidades de Latín y Griego. Ojalá con ello se aclaren de una vez las plazas de Cultura Clásica.

Según este decreto, los futuros profesores de Enseñanza Secundaria Obligatoria, Bachillerato, Formación Profesional y enseñanzas de idiomas deberán añadir a su preparación académica y científica, una formación pedagógica y didáctica adecuada para poder ejercer la docencia que obtendrán mediante la realización del título universitario oficial de Máster de Secundaria y que le facultará para la docencia a partir del 1 de octubre de 2009.

14/11/2008 19:02:49